Verifactu se aplaza a octubre de 2028: qué cambia y qué no

Hacienda lo anunció el 5 de octubre de 2026. Está anunciado, no aprobado, y esa diferencia importa. Actualizado el 6 de octubre de 2026.

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció, en una nota informativa, que aplazará Verifactu hasta octubre de 2028, para que coincida con la factura electrónica obligatoria de las empresas que facturan hasta 8 millones de euros al año. Todavía no está en el BOE. Mientras no se publique la norma que lo cambie, siguen vigentes las fechas del Real Decreto-ley 15/2025: antes del 1 de enero de 2027 para sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto.

Las fechas de Verifactu, hoy y después del anuncio

La columna que vale hoy es la del BOE. La de octubre de 2028 valdrá cuando se apruebe.

Si eres…Lo que dice hoy el BOE (RD-ley 15/2025)Lo anunciado por Hacienda el 5/10/2026
Empresa o sociedad sujeta al Impuesto sobre SociedadesAntes del 1 de enero de 2027Octubre de 2028
Autónomo, profesional y restoAntes del 1 de julio de 2027Octubre de 2028
Ojo con dar por hecho 2028. La nota habla de «previsión de modificación de los plazos». Hasta que se publique la norma, la obligación legal es la de la columna del medio. Actualizaremos esta página el día que salga en el BOE.

Qué ha anunciado Hacienda exactamente

La nota del Ministerio de Hacienda, que también enlaza la sede de la Agencia Tributaria, dice tres cosas. La primera es el motivo: alinear los calendarios de Verifactu y de la factura electrónica para pymes y autónomos, para favorecer «la máxima convergencia posible» entre los dos sistemas, en lo normativo y en lo técnico.

La segunda es la fecha: aplazar las obligaciones pendientes de aplicación del Real Decreto 1007/2023 hasta octubre de 2028, «para hacerlas coincidir con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros».

Y la tercera es lo que viene después: una vez aprobado el nuevo calendario, Hacienda abordará otra modificación para hacer converger el ámbito de aplicación y algunos aspectos técnicos, teniendo en cuenta los requisitos de reporte digital que llegarán de Europa con ViDA.

Con lo cual hay dos pasos pendientes, no uno. Primero, la norma que cambie las fechas. Después, otra que ajuste a quién se aplica y algunos detalles técnicos. Lo que se haga en ese segundo paso todavía no se sabe.

Lo que no cambia

El fondo. La nota lo dice expresamente: las exigencias del Real Decreto 1007/2023 en integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad «se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes».

En la práctica, tu programa de facturación va a tener que generar, por cada factura, un registro encadenado con el anterior, que no se pueda alterar sin dejar rastro, y la factura llevará su código QR. Lo tienes desarrollado en qué es Verifactu y en la ley y el reglamento de Verifactu.

Y si ya facturas con un sistema Verifactu, no tienes que hacer nada: usarlo antes de que sea obligatorio está permitido.

En Factuvi no cambia nada. Factuvi sigue funcionando igual para gestionar tus facturas, y Verifactu está disponible para que lo uses cuando quieras: hoy es opcional, pero está operativo, también en el plan gratuito.

La factura electrónica obligatoria, ahora en el mismo calendario

El aplazamiento se entiende con la otra noticia del mismo día. El 5 de octubre de 2026 el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica y entró en vigor el día 6. Con ella empiezan a contar los plazos del Real Decreto 238/2026: doce meses para las empresas que facturan más de 8 millones de euros al año y veinticuatro para el resto.

Veinticuatro meses desde octubre de 2026 es octubre de 2028. Esa es la fecha a la que Hacienda quiere llevar Verifactu, para que una pyme o un autónomo adapte su facturación una vez y no dos. Qué es cada obligación y en qué se diferencian lo tienes en factura electrónica obligatoria y Verifactu.

Te dijimos que no esperases a otro aplazamiento. Ha llegado

Hasta ayer esta página decía que planificar contando con un nuevo aplazamiento era una mala apuesta. Ha llegado el aplazamiento, así que te debo una explicación de si el consejo cambia.

Cambia un poco. Si cuando se publique la norma la fecha es octubre de 2028, tienes casi dos años más, y no tiene sentido meterte prisa. Pero fíjate en lo que pasa en octubre de 2028: te llegan a la vez Verifactu y la factura electrónica con tus clientes empresa. Ninguna de las dos se cumple con una plantilla de Excel o un Word.

Con lo cual el cambio de programa lo vas a tener que hacer igual. La diferencia es hacerlo un mes cualquiera, con calma, o en septiembre de 2028, con todo el mundo cambiando a la vez. Yo, si facturas con Excel, lo haría cuando te venga bien, sin esperar al último trimestre.

Y si eres sociedad y tu fecha sigue siendo el 1 de enero de 2027 hasta que salga la norma, no desmontes lo que tengas preparado: si el BOE tarda, esa sigue siendo tu fecha.

Qué hacer ahora

Tres cosas, y ninguna con prisa.

Si ya cumples, sigue igual

Un programa con Verifactu se puede usar antes de que sea obligatorio. No tienes que cambiar nada por el aplazamiento.

Espera al BOE para tu fecha

Hasta que se publique la norma, valen el 1 de enero y el 1 de julio de 2027. No cambies tus planes por una nota de prensa.

Piensa en 2028 como una sola fecha

Verifactu y factura electrónica llegan juntas. Elige un programa que vaya a cubrir las dos, no uno para cada cosa.

Preguntas frecuentes

¿Se ha aplazado Verifactu otra vez?

Está anunciado, pero todavía no aprobado. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa en la que anuncia que aplazará las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria. Hasta que la norma que lo cambie se publique en el BOE, siguen vigentes las fechas del Real Decreto-ley 15/2025.

¿Cuándo entra en vigor Verifactu?

Hoy, según el BOE, antes del 1 de enero de 2027 para las sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para autónomos y profesionales, como fijó el Real Decreto-ley 15/2025. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que lo aplazará a octubre de 2028; cuando se publique la norma, esa será la fecha.

¿El aplazamiento a 2028 ya está en el BOE?

No, a 6 de octubre de 2026. Lo que hay es una nota informativa del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre, enlazada desde la sede de la Agencia Tributaria, que habla de previsión de modificación. El cambio tiene que aprobarse con una norma que modifique los plazos actuales.

¿Por qué se aplaza Verifactu a 2028?

Para alinearlo con la factura electrónica obligatoria entre empresas, que para quien factura hasta 8 millones de euros al año empieza a aplicarse en octubre de 2028. Hacienda quiere que pymes y autónomos adapten su facturación una sola vez y no en dos tandas.

¿Cambian los requisitos de Verifactu?

En lo esencial, no. Según la nota de Hacienda, se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. Sí anuncia una modificación posterior del ámbito de aplicación y de ciertos aspectos técnicos para converger con la factura electrónica y con ViDA.

Si ya uso un programa con Verifactu, ¿tengo que hacer algo?

No. Usar un sistema Verifactu antes de que sea obligatorio está permitido y no tiene ningún inconveniente. Sigues facturando igual.

Si facturo con Excel, ¿puedo esperar a 2028?

Cuando el aplazamiento se publique, sí tendrás más margen. Pero en octubre de 2028 te llegarán a la vez Verifactu y la factura electrónica obligatoria con tus clientes empresa, y ninguna de las dos se cumple con una plantilla de Excel. El cambio de programa lo vas a tener que hacer igual; la diferencia es si lo haces tranquilo o con prisa.

¿Tienes una duda sobre qué fecha te aplica? Escríbenos y te la contestamos. Y si quieres dejarlo resuelto sin prisa, Factuvi te sirve hoy para tus facturas y tiene Verifactu operativo para cuando quieras activarlo, también en el plan gratuito.