Factura a un cliente de otro país de la UE

La respuesta corta es "sin IVA", pero solo si se cumplen tres condiciones. Y si falla una, el IVA lo acabas pagando tú.

Si tu cliente es empresa o profesional con NIF-IVA válido en el censo VIES y tú estás dado de alta en el ROI, la factura va sin IVA español por inversión del sujeto pasivo: el impuesto lo declara él en su país. Si falla cualquiera de esas condiciones —o el cliente es un particular—, la factura lleva IVA español.

Las tres condiciones

Tienen que darse las tres. Con dos no vale.

1. Tú, en el ROI

Dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios, con tu NIF-IVA. Es un trámite censal previo: no basta con querer facturar a Europa.

2. Tu cliente, con NIF-IVA válido

Empresa o profesional, no particular, y con su número dado de alta y activo en el censo europeo.

3. Comprobado en el VIES

No vale que él te diga que lo tiene. Se comprueba, y se guarda la comprobación.

Comprobar el NIF en el VIES

El VIES es el censo de operadores intracomunitarios de la Comisión Europea. Es público, gratuito y se consulta en un minuto.

Y hay que consultarlo antes de cada factura, no una vez y para siempre. Un cliente puede haber estado de alta en marzo y no estarlo en octubre, y si le facturas sin IVA cuando su número ya no era válido, ese IVA te lo pueden reclamar a ti.

Guarda el resultado de la consulta. Una captura con la fecha, o el justificante que emite el propio servicio. Es la prueba de que en el momento de facturar el número era válido, y es lo único que te protege si más adelante hay una revisión.

Qué pone la factura

Lo mismo que cualquier otra —los datos obligatorios de siempre— con tres particularidades:

Tu NIF-IVA, con el prefijo del país delante. Para España, ES seguido de tu NIF.

El NIF-IVA del cliente, igual, con su prefijo.

La mención de la inversión del sujeto pasivo. Basta con indicarlo en el documento; muchas empresas lo ponen también en el idioma del cliente o en inglés, aunque no es obligatorio.

Sin esa mención, tienes una factura sin IVA y sin explicación: parece un error, y a tu cliente le puede dar problemas al contabilizarla.

Si el cliente es un particular

Aquí cambia todo, y es donde más gente se equivoca por analogía.

Un particular de otro país de la UE no tiene NIF-IVA, así que no hay inversión del sujeto pasivo. Por lo general la operación lleva IVA, y en determinados servicios prestados a distancia existe un régimen específico con sus propios umbrales y su propia declaración.

No te voy a dar aquí la regla concreta porque depende del tipo de servicio, del país y del volumen que muevas, y equivocarse sale caro. Este es el caso en el que sí merece la pena una consulta con tu asesor antes de emitir la primera, no después de emitir cincuenta.

Qué hay que declarar

Las operaciones intracomunitarias tienen su propia declaración informativa, aparte del IVA trimestral. Ahí se recogen las operaciones con cada cliente europeo.

Factuvi no presenta modelos ante la Agencia Tributaria, ni el del IVA ni el de operaciones intracomunitarias. Lo que hace es dejarte las facturas ordenadas y sacarte el informe del trimestre para que tu asesor lo presente. Y tampoco comprueba el VIES por ti: esa consulta la haces tú.

En Factuvi puedes emitir la factura sin IVA e indicar el motivo en el propio documento, que es lo que necesitas para este caso.

Preguntas frecuentes

¿Lleva IVA una factura a un cliente de otro país de la UE?

Si el cliente es empresa o profesional con NIF-IVA válido en el registro VIES y tú estás dado de alta en el ROI, la factura va sin IVA español por inversión del sujeto pasivo: lo declara él en su país. Si falta alguna de esas condiciones, la factura lleva IVA español.

¿Qué es el ROI y para qué sirve?

El Registro de Operadores Intracomunitarios es el censo que te asigna un NIF-IVA para operar con otros países de la UE. Sin estar dado de alta, no puedes emitir facturas sin IVA por inversión del sujeto pasivo aunque tu cliente sea una empresa europea.

¿Cómo compruebo el NIF-IVA de mi cliente?

En el censo VIES de la Comisión Europea, que es público y gratuito. Conviene comprobarlo antes de cada factura y guardar el resultado: si el NIF no era válido en ese momento, la responsabilidad del IVA no ingresado puede acabar siendo tuya.

¿Qué pongo en la factura si va sin IVA?

Tu NIF-IVA y el del cliente, y la mención de que la operación está sujeta a inversión del sujeto pasivo. Una factura sin IVA y sin explicación parece un error y le puede dar problemas a tu cliente.

¿Y si mi cliente es un particular de otro país de la UE?

Entonces no hay inversión del sujeto pasivo y las reglas son distintas: por lo general se aplica IVA, y en ciertos servicios prestados a distancia existe un régimen específico con sus propios umbrales. Es el caso donde más conviene preguntar antes de emitir.

¿Hay que declarar estas operaciones?

Sí, las operaciones intracomunitarias se declaran en un modelo informativo propio, además del IVA trimestral. Factuvi no presenta modelos: te da las facturas ordenadas para que tu asesor lo haga.

Esto es una guía práctica, no asesoramiento fiscal. Las reglas de las operaciones intracomunitarias tienen matices por tipo de operación y país, y cambian. Antes de emitir la primera, confírmalo con tu asesor o en la sede de la Agencia Tributaria.

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